Nos informan de medio ambiente que, según D.O.G. nº 62 de 31/03/14, decreto 37/2014 de 27 de Marzo, el artículo 61.3 apartados V y VIII regulan, entre otras actividades, la espeleología y el descenso de cañones, siendo necesario el disponer de autorización. Al respecto, también nos informan que el régimen sancionar se contempla en la Ley 9/2001 de Conservación de la Naturaleza.
Para más información, decreto 37/2014 disponible aquí.
Esto afecta al Courel, Pedrafita, y a otras muchas zonas de cuevas y cañones de Galicia.
Este decreto también afecta a otras actividades, como la escalada, las aguas bravas, la BTT, etc., etc.
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